Con tu Plan Seguro de Hogar podrás:
• Proteger tu hogar contra situaciones imprevistas, asegurando tu vivienda y tus pertenencias bajo una modalidad todo riesgo.
• Cubrir los gastos que se puedan generar por tu responsabilidad frente a los daños a terceros que causen tú, tu familia o tu mascota.
• Recibir asistencia domiciliaria para reparar daños de plomería, electricidad, vidrios, entre otros, en tu hogar.
• Asegurar tus bienes aunque la vivienda no sea propia.
¿Qué cubre el Seguro de Hogar?
Coberturas principales
• Todo riesgo
• Terremoto, maremoto y erupción volcánica
• Actos malintencionados de terceros y terrorismo
• Daños de suelos y terrenos
• Daños a terceros
Coberturas opcionales
• Gastos adicionales
• Bono de sostenimiento del hogar
• Asistencia domiciliaria
¿Qué no cubrimos?
Las exclusiones varían de acuerdo al plan que elijas.
¿Qué protegemos?
1. Vivienda: casa, casa campestre o apartamento ubicado en la dirección que nos indiques. Asimismo, los equipos eléctricos o electrónicos que estén empotrados en la propiedad y no puedan ser retirados.
2. Contenidos: elementos que tienes dentro de tu hogar pero que no hacen parte de la estructura de este, como muebles y enseres, equipos eléctricos, electrónicos y a gas, artículos personales, elementos decorativos y demás cosas tuyas y de las personas que comparten contigo el espacio.
3. Documentos de carácter personal e intransferible: cédulas de ciudadanía, licencias de conducción, pasaportes, visas y libreta militar. Este seguro cubre el costo de reposición oficial del documento sin incluir desplazamientos, alojamientos, costos de agentes o trámites adicionales que debas realizar.
4. Contenidos especiales: deben ser aprobados por SURA, estar relacionados en la carátula del seguro y cumplir con las siguientes condiciones para estar protegidos.
• Joyas que valgan más de seis salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
• Relojes que valgan más de seis SMMLV.
• Bicicletas que valgan más de seis SMMLV.
• Cámaras fotográficas o filmadoras que valgan más de seis SMMLV.
• Obras de arte que valgan más de diez SMMLV.
• Segways, bicicletas o patinetas eléctricas y otros vehículos eléctricos.
• Todos los artículos como drones o aeromodelos.
• Instrumentos musicales que valgan más de seis SMMLV.
5. Paneles solares.
Tomado de: SURA