Conoce tu Seguro Hogar

Con tu Plan Seguro de Hogar podrás:

• Proteger tu hogar contra situaciones imprevistas, asegurando tu vivienda y tus pertenencias bajo una modalidad todo riesgo.​
• Cubrir los gastos que se puedan generar por tu responsabilidad frente a los daños a terceros que causen tú, tu familia o tu mascota. 
• Recibir asistencia domiciliaria para reparar daños de plomería, electricidad, vidrios, entre otros, en tu hogar. 
• Asegurar tus bienes aunque la vivienda no sea propia.


¿Qué cubre el Seguro de Hogar?


Coberturas principales
• Todo riesgo 
• Terremoto, maremoto y erupción volcánica
• Actos malintencionados de terceros y terrorismo 
• Daños de suelos y terrenos 
• Daños a terceros

Coberturas opcionales

• Gastos adicionales
• Bono de sostenimiento del hogar 
• Asistencia domiciliaria ​

¿Qué no cubrimos?​

Las exclusiones varían de acuerdo al plan que elijas.

¿Qué ​protegemos?
1. Vivienda: casa, casa campestre o apartamento ubicado en la dirección que nos indiques. Asimismo, los equipos eléctricos o electrónicos que estén empotrados en la propiedad y no puedan ser retirados.

2. Contenidos: elementos que tienes dentro de tu hogar pero que no hacen parte de la estructura de este, como muebles y enseres, equipos eléctricos, electrónicos y a gas, artículos personales, elementos decorativos y demás cosas tuyas y de las personas que comparten contigo el espacio.

3. Documentos de carácter personal e intransferible: cédulas de ciudadanía, licencias de conducción, pasaportes, visas y libreta militar. Este seguro cubre el costo de reposición oficial del documento sin incluir desplazamientos, alojamientos, costos de agentes o trámites adicionales que debas realizar.

4. Contenidos especiales: deben ser aprobados por SURA, estar relacionados en la carátula del seguro y cumplir con las siguientes condiciones para estar protegidos.

• Joyas que valgan más de seis salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).​
• Relojes que valgan más de seis SMMLV.
• Bicicletas que valgan más de seis SMMLV.
• Cámaras fotográficas o filmadoras que valgan más de seis SMMLV.
• Obras de arte que valgan más de diez SMMLV.
• Segways, bicicletas o patinetas eléctricas y otros vehículos eléctricos.
• Todos los artículos como drones o aeromodelos.
• Instrumentos musicales que valgan más de seis SMMLV.

5. Paneles solares.​​


Tomado de: SURA

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